Qué se publica, en qué canales y cuántas piezas. Cuanto más concreto, menos discusiones después.
En qué medios y con qué apariciones se retribuye: entrevistas en radio, televisión, podcast… Si hay dinero de por medio, indícalo aquí.
1. Objeto. El Creador y JRIS Productions acuerdan una colaboración puntual para la producción y publicación de las piezas de contenido descritas más abajo. Este contrato no es de representación: JRIS Productions no gestiona la carrera del Creador ni le representa ante terceros, y el Creador conserva plena libertad para trabajar con quien quiera, salvo lo previsto en la cláusula 6.
2. Contraprestación. La colaboración se retribuye en especie, mediante la participación del Creador en los medios de JRIS Productions: entrevistas y apariciones en radio, televisión, podcast y demás soportes del grupo, según lo acordado en cada caso. Si en alguna colaboración se pactara una cantidad en dinero, constará por escrito antes de empezar. Ambas partes reconocen que ninguna de las dos adeuda cantidad alguna a la otra por esta colaboración más allá de lo aquí pactado.
3. Aprobación previa a la publicación. El Creador enviará la pieza a JRIS Productions antes de publicarla. JRIS Productions dispone de cuarenta y ocho (48) horas laborables para revisarla. Transcurrido ese plazo sin respuesta, la pieza se entiende aprobada y el Creador puede publicarla. Si JRIS Productions solicita cambios dentro de plazo, la pieza no se publicará hasta que se incorporen.
4. Publicación y menciones. El Creador publicará la pieza en sus propios canales e incluirá a JRIS Productions como colaborador, mencionando y etiquetando sus perfiles según las indicaciones que se le faciliten.
5. Uso del contenido. El Creador conserva la autoría de la pieza y autoriza a JRIS Productions a reproducirla, difundirla y reutilizarla en sus propios canales y en los del cliente o marca a la que se refiera la colaboración, incluyendo redes sociales, web, emisiones y materiales promocionales, sin límite temporal y sin contraprestación adicional. Esta autorización no permite ceder la pieza a terceros ajenos a la colaboración ni modificar su sentido.
6. Exclusividad limitada. Durante un (1) mes desde la publicación de la pieza, el Creador se compromete a no promocionar productos o servicios de la competencia directa del cliente o marca objeto de esta colaboración. Fuera de ese ámbito y de ese plazo, el Creador mantiene total libertad.
7. Identificación de la publicidad. Cuando la pieza tenga carácter publicitario, se identificará como tal de forma clara y visible, conforme a la normativa aplicable y a las condiciones de cada plataforma. Es responsabilidad del Creador cumplir esta obligación en sus canales.
8. Contenido y buena fe. El Creador garantiza que la pieza es original, que no infringe derechos de terceros y que no incluye contenidos ilícitos, difamatorios ni discriminatorios. Ambas partes se comprometen a no dañar la reputación de la otra.
9. Naturaleza mercantil. Este acuerdo no crea relación laboral alguna entre las partes. El Creador actúa por cuenta propia y asume sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
10. Vigencia y resolución. El contrato se agota con la publicación y la entrega de las piezas acordadas, salvo las obligaciones de las cláusulas 5 y 6, que perviven en los términos indicados. Cualquiera de las partes puede desistir antes de que el Creador empiece a producir, comunicándolo por escrito y sin coste.
11. Protección de datos. Responsable: JR INTERNATIONAL SOUND S.L. (CIF B56303043). Finalidad: gestionar esta colaboración. Derechos de acceso, rectificación y supresión en derechos@jrisproductions.com.
12. Ley y fuero. Este contrato se rige por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Barcelona.